Alta en el RETA: qué es y cómo afecta a los autónomos

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El alta en el RETA es uno de los pasos más importantes (y obligatorios) cuando decides trabajar por cuenta propia como autónomo. Sin embargo, muchos desconocen en qué consiste exactamente, cómo se tramita y qué implicaciones tiene a nivel de cotización. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el RETA si vas a comenzar como autónomo.

¿Qué es el RETA?

El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, es decir, el sistema por el que los autónomos cotizan a la Seguridad Social en España. A través de él, acceden a derechos como:

  • Asistencia sanitaria

  • Incapacidad temporal

  • Jubilación

  • Cese de actividad (paro del autónomo)

  • Maternidad/paternidad

  • Accidentes de trabajo (si se contrata la cobertura)

¿Cuándo hay que darse de alta en el RETA?

La norma general indica que debes darte de alta en el RETA antes de iniciar tu actividad económica. Concretamente:

  • Debes darte de alta en la Seguridad Social hasta 60 días antes del inicio efectivo.

  • Una vez inicies, dispones de un plazo de 3 días naturales para formalizar el alta si no lo hiciste antes.

Desde 2018, ambos trámites (Hacienda y Seguridad Social) pueden hacerse de forma simultánea a través del sistema Importass de la Seguridad Social.

¿Qué pasa si no te das de alta en el RETA?

  • Si estás dado de alta en Hacienda pero no en la Seguridad Social, se considera que estás ejerciendo actividad.

  • Podrían darte de alta de oficio y exigirte el pago retroactivo de cuotas, además de recargos e intereses.

  • No estarías cubierto en caso de baja médica o accidente laboral.

  • Estarías incumpliendo la ley y en situación irregular.

¿Cómo se hace el alta en el RETA?

El alta se realiza mediante el modelo TA.0521, que puedes presentar:

  • Online, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (con certificado digital o Cl@ve).

  • Presencialmente, en una oficina de la TGSS (con cita previa).

En el proceso deberás indicar:

  • Fecha de inicio de actividad

  • Epígrafe IAE

  • Base de cotización deseada

  • Coberturas elegidas (contingencias comunes, cese de actividad…)

  • Mutua colaboradora con la Seguridad Social

  • Datos personales y bancarios

¿Cuánto se paga al darse de alta en el RETA?

Desde 2023, el sistema de cotización se basa en los ingresos reales del autónomo. Ya no eliges libremente cuánto cotizar, sino que tu base se ajusta a tus rendimientos netos mensuales.

Los tramos van desde 230 € a más de 500 € mensuales, según tu nivel de ingresos.

Durante el primer año, puedes beneficiarte de la tarifa plana:

  • 80 €/mes durante 12 meses (ampliable si tus ingresos siguen siendo bajos).

  • Requiere no haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores.

¿Puedo trabajar como autónomo sin darme de alta en el RETA si gano poco?

No. La ley no contempla un mínimo de ingresos que te exima de darte de alta.

Si hay habitualidad en la actividad, debes darte de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.

La idea de “facturar sin estar en el RETA porque se gana poco” es un mito y puede conllevar sanciones.

¿Qué coberturas tienes como autónomo en el RETA?

Las principales coberturas incluyen:

  • Enfermedad común o accidente

  • Maternidad/paternidad

  • Jubilación

  • Incapacidad temporal o permanente

  • Cese de actividad (paro del autónomo, si tienes derecho)

  • Accidentes laborales (si lo contratas expresamente)

Conclusión

El alta en el RETA es un trámite obligatorio y esencial para ejercer como autónomo de forma legal. Asegura tu cotización a la Seguridad Social, te protege ante imprevistos y te garantiza derechos a largo plazo. Hacerlo correctamente desde el principio es clave para evitar sanciones y cotizar de forma justa según tus ingresos reales.

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